Corte Internacional de Justicia.

Aug 27, 2015 23:12

La Corte Internacional de Justicia tiene su sede en los Países Bajos, en concreto en el palacio de La Paz, situado en La Haya. La Corte es uno de los seis órganos principales de la ONU, es el Órgano Judicial principal de la organización y el único Órgano Principal que no tiene su sede en Nueva York.

La Corte existe desde 1946, el Francés e Inglés son sus idiomas oficiales. Su Estatuto es parte integral de la Carta de la ONU, así todos los Estados miembros de la organización reconocen automáticamente la existencia de la Corte y pueden hacer uso de sus servicios. El establecimiento de la Corte Permanente de Justicia Internacional, antecesora de la Corte Internacional de Justicia, estaba contemplado en el Pacto de la Sociedad de Naciones, celebró su sesión inaugural en 1922 y se disolvió en 1946. La CIJ desempeña una doble misión:

El arreglo de controversias entre Estados -> Asuntos contenciosos. Desde 1946 representa el 80% del trabajo de la Corte.
Emisión de opiniones consultivas también llamadas dictámenes sobre cuestiones jurídicas a petición de órganos y organismos especializados de Naciones Unidas autorizados a este fin. -> Procedimientos consultivos. Estos representan el 20% de los asuntos sometidos a la Corte desde 1946.

Desde su creación, la Corte ha conocido unos 150 asuntos, incluidas ambas categorías. La CIJ no es una Corte Penal y no juzga individuos, solo los Estados pueden ser parte ante la Corte. No debe confundirse la CIJ con los Tribunales Penales Internacionales con sede en La Haya como el Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia o la Corte Penal Internacional, estos tribunales juzgan individuos acusados de crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio. La CIJ, el TPIY y la CPI son tres instituciones completamente independientes la una de la otra.

La Corte se compone de 15 magistrados, son elegidos por un periodo de 9 años por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de la ONU, cada tres años se procede a la renovación de cinco de las plazas de magistrados de la Corte. Los magistrados pueden ser reelegidos. Cada magistrado debe ser nacional de un país distinto, los magistrados no representan a sus respectivos países, son independientes y realizan una declaración solemne antes de asumir sus funciones. Para ser magistrado los candidatos deben reunir las condiciones requeridas para el ejercicio de las más altas funciones judiciales de sus respectivos países o ser jurisconsultos de reconocida competencia en materia de Derecho Internacional.

Declaro solemnemente que cumpliré mis deberes y ejerceré mis atribuciones de juez, honrada y fielmente con absoluta imparcialidad y con toda conciencia.

Durante años la composición de la Corte ha mantenido el siguiente equilibrio geográfico:

5 magistrados de Europa Occidental y otros Estados Occidentales.
3 magistrados de África.
3 magistrados de Asia.
2 magistrados de Europa Oriental.
2magistrados de América Latina.

Los magistrados son elegidos en función de sus cualidades individuales, si bien ningún Estado tiene derecho a un puesto, casi siempre ha habido un magistrado de cada uno de los cinco Miembros Permanentes del Consejo de Seguridad.

Si en un determinado asunto la Corte no cuenta entre sus miembros magistrados de la nacionalidad de los Estados litigantes, cada uno de estos puede nombrar un magistrado especial para ese asunto concreto, denominado "Magistrado ad hoc". Estos magistrados tienen los mismos derechos y obligaciones de los miembros electos.

Cada tres años la Corte elige a su Presidente y Vicepresidente.
El Presidente preside todas las sesiones de la Corte, dirige su trabajo y supervisa su administración.
El Vicepresidente sustituye al Presidente cuando la Presidencia está vacante o cuando el Presidente no puede ejercer sus funciones.

Los magistrados son asistidos por un secretario, elegido por la Corte. Por un periodo renovable de 7 años el Secretario es el jefe de la Secretaría. El Secretario también desempeña las funciones en materia judicial que le corresponden de acuerdo con el Estatuto. El Secretario dirige un equipo de más de 115 funcionarios provenientes de todo el mundo. La Corte es independiente desde el punto de vista administrativo. Es el único Órgano Principal de las Naciones Unidas que no es asistido por la Secretaría de la ONU.

La primera función de la Corte consiste en dirimir controversias jurídicas entre Estados. Los denominados Asuntos Contenciosos representan el 80% de su trabajo. En el pasado, los Asuntos Contenciosos han estado a menudo relacionados con disputas fronterizas, delimitaciones marítimas o el ejercicio de la protección diplomática. Sin embargo dichos asuntos versan cada vez más sobre temas como el Derecho Internacional Humanitario, el Derecho Internacional del Medio Ambiente, el uso de la fuerza y la responsabilidad internacional de los Estados.

La Corte aplica el Derecho Internacional Público, es decir el Derecho de los Tratados, el Derecho Internacional Consuetudinario y los Principios generales del Derecho.

La Corte está abierta a todos los Estados miembros de la ONU y a los Estados que son partes en su Estatuto.

Los Estados son soberanos, son libres de elegir los medios de resolución de controversias de orden jurídico. Este es un principio básico de Derecho Internacional. La Corte solo puede conocer un asunto si los Estados implicados han aceptado libremente su competencia. Hay tres formas principales de hacerlo:

1.- En virtud de un compromiso. Es decir, mediante un acuerdo especial concluido con el propósito de someter a la Corte una controversia entre dos o más Estados.
2.- Suscribiendo uno de los cerca de 300 tratados que contienen una cláusula compromisoria la sumisión a la Corte de las diferencias relativas a la interpretación y la aplicación del tratado en cuestión.
3.- Depositando lo que se llama la Declaración unilateral de aceptación de la competencia obligatoria de la Corte. Se trata de un instrumento específico a través del cual los Estados aceptan la competencia obligatoria de la Corte. En resumen, el Estado que ha reconocido la competencia obligatoria de la Corte, en principio tiene el derecho de llevar ante la misma a cualquier otro Estado que haya aceptado la misma obligación. Y a la inversa, ese Estado asume presentarse ante la Corte si otro Estado que a su vez ha aceptado la competencia obligatoria de la Corte inicia un procedimiento contra él. Además en supuestos excepcionales, un estado puede demandar a otro, invitándolo al mismo tiempo a aceptar la competencia de la Corte, si este Estado acepta estamos ante lo que se llama Forum Prorogatum.

Cabe resaltar que al aceptar la competencia de la Corte, los Estados se comprometen a respetar sus decisiones que son obligatorias para las partes. Las sentencias de la Corte son finales e inapelables. Si un Estado se niega acepta a acatar la decisión de la Corte, la otra parte puede recurrir al Consejo de Seguridad de la ONU, quien en virtud del artículo 24 de la Carta, puede hacer recomendaciones o decidir qué medidas tomar para ejecutar la sentencia. Sin embargo dada la gran autoridad legal, moral y diplomática de las decisiones de la Corte, es muy inusual que esto ocurra.

La Corte ha dictado más de 100 sentencias desde su creación. Cada sentencia se reproduce en varios ejemplares sellados, de entre los cuales se envía una copia a cada uno de los Estados interesados. Se ha dado cumplimiento a casi todas las sentencias de la Corte.

La segunda misión de la Corte consiste en responder a cuestiones jurídicas planteadas por determinados órganos e instituciones de la ONU. Este procedimiento culmina en opiniones consultivas, también denominadas Dictámenes. Desde 1946, la Corte ha emitido cerca de 30 opiniones consultivas. La opinión consultiva emitida por la Corte en 2004 sobre las consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en territorio palestino ocupado ha sido una de las más mediáticas de su historia. La ONU y en particular la Asamblea General y el Consejo de Seguridad, deben considerar qué nuevas medidas deben ser tomadas para poner fin a la situación ilícita derivada de la construcción del muro y del régimen asociado al mismo, teniendo en cuenta esta opinión consultiva.

A diferencia de los fallos, los dictámenes dados por la Corte carecen de carácter vinculante. Corresponden a los órganos e instituciones especializadas de la ONU aplicarlos o no, con los medios a su alcance. Puede ocurrir que un Estado y una organización internacional se pongan de acuerdo en que la organización solicite una opinión consultiva de la Corte en caso de controversia y que las dos partes acaten el Dictamen como decisivo. En cualquier caso, la autoridad moral y jurídica de la Corte otorga a sus opiniones un gran peso. Finalmente, la toma en consideración de las opiniones de la Corte por los Estados y las organizaciones internacionales, en su práctica jurídica, contribuyen al desarrollo del Derecho Internacional.

La función de la Corte es determinar el Derecho aplicable y solucionar controversias de conformidad con el Derecho Internacional, no puede crear nuevas normas jurídicas a modo de un legislador, su papel consiste en dilucidar, interpretar y aplicar las normas de Derecho Internacional. Sus decisiones tienen una repercusión que va más allá de los Estados y las organizaciones directamente implicados en los diferentes asuntos. Las sentencias y opiniones de la Corte suelen tener un impacto directo en la vida cotidiana de millones de individuos. En numerosas ocasiones y en todos los continentes, la Corte ha ayudado a distender crisis, normalizar relaciones entre Estados y a reactivar negociaciones estancadas a través del arreglo judicial de controversias.

Como Órgano Judicial Principal de la ONU, la Corte es una pieza importe en el mecanismo internacional de promoción y mantenimiento de la paz, en este sentido la Corte recibe regularmente la visita de Jefes de Estado y altas personalidades.

La Corte es una institución judicial única en el mundo, por sí sola no puede evitar que los Estados recurran a la fuerza, pero reconocida por todos los Estados miembros de las Naciones Unidas, constituye ahora más que nunca un valioso instrumento de paz a su servicio.

La CIJ ayuda a las Naciones Unidas a alcanzar sus propósitos fundamentales, como son el mantenimiento y la consolidación de la paz y la seguridad internacionales.
Previous post
Up